martes, 26 de junio de 2007

Canal 46: ¿procede la revocación?


Por Gabriel Sosa Plata

Columna "Telecom y Medios", publicada en El Universal, Finanzas, 26 de junio 2007

Finalmente apareció el expediente del canal 46 de televisión. La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel), a través de su Unidad de Enlace, liberó copia de los documentos sobre ese canal concesionado a Cablevisión, de Televisa, solicitados con base en la ley de acceso a la información pública. De su revisión se desprenden datos interesantes, quizás el más revelador es que la Cofetel, si lo quisiera, podría iniciar el procedimiento para revocar esa concesión.

El expediente está integrado por 10 documentos que juntos suman 43 páginas. El primer documento está fechado el 30 de noviembre de 1980; el último, 23 de septiembre de 2005. De acuerdo con Liz Angélica Mora Flores, titular de la Unidad de Enlace, no había hasta el 14 de mayo de 2007 “ningún trámite pendiente de resolver respecto de la concesión otorgada a la empresa Cablevisión, S.A. de C.V.”.

Aunque, en efecto, la polémica historia del canal 46 se remonta al año de 1980 (véase mi artículo publicado en esta sección el 14 de marzo de 2006), la información relevante se relaciona particularmente con lo ocurrido en los últimos años.

A tan sólo 13 días de terminar la administración de Ernesto Zedillo, el entonces secretario de Comunicaciones y Transportes, Carlos Ruíz Sacristán, otorgó a Cablevisión las concesiones de los canales 46 y 52 de la banda UHF para “prestar el servicio de televisión restringida” en el Distrito Federal y su zona metropolitana a través, en este caso, de un sistema de transmisión terrestre.

Sin embargo, el título de concesión establece en su condición 2 que este servicio estaría limitado al envío de una señal de video y audio asociado, por lo que no sería posible “llevar a cabo la operación multiplexada con varias señales de programación en la misma banda de frecuencias” asignadas. Es decir, se trata de un servicio para la transmisión de un solo canal y no de varios canales, como ocurre con otras tecnologías de transmisión de televisión de paga (microondas, cable y satélite).

En la parte relativa a “obligaciones”, Cablevisión se comprometía a poner en operación el servicio en un plazo no mayor a 180 días naturales, mismos que iniciaron el 17 de noviembre de 2000. Por supuesto eso no ocurrió. El 24 de abril de 2001, la empresa, a través de su representante legal, Octavio Magallón López, solicitó una prórroga de 180 días para concluir los trabajos de instalación del servicio y la autorización para aumentar la potencia hacia la zona a servir. Lo curioso del caso es que ambas solicitudes correspondían exclusivamente al canal 52 y no a ambos canales.

Desde 2001 no hubo otras solicitudes de prórroga ni tampoco se dio a conocer el inicio del prometido servicio. El expediente sólo contiene documentos alusivos al traspaso de la concesión del canal 52 a la empresa MVS Multivisión, S.A. de C.V., el cual se hizo efectivo el 15 de noviembre de 2004, y algunos relativos a la modificación del título de concesión otorgado a Cablevisión para suprimir de su anexo D toda referencia sobre el canal 52.

¿Y qué ha ocurrido entonces con el servicio de televisión restringida a través del canal 46? Absolutamente nada, por lo que procedería su revocación por el incumplimiento de las obligaciones establecidas en el título de concesión, en los términos de la fracción IV del artículo 38 de la Ley Federal de Telecomunicaciones. También procedería la revocación si, por una extraña interpretación de la ley, Cablevisión utiliza el canal 46 para servicios distintos al de la televisión restringida.

Cablevisión no utiliza el canal 46 para un servicio destinado al público. En su reporte anual 2005, la empresa asegura que ese canal “transmite una señal de producción propia”, pero no proporciona más detalles. ¿Alguien la ve? ¿con qué equipos? ¿a qué costo? Por supuesto se trata de una simulación y un dispendio de frecuencias en una banda en la que se reclaman espacios para nuevos operadores, el fomento de la competencia y la pluralidad en la capital del país.

Al parecer, la Cofetel de la administración anterior había iniciado el proceso de revocación del canal 46, pero ya no se pudo continuar con el trámite. La Cofetel actual, la que preside Héctor Osuna, negó ese canal al gobierno del Distrito Federal. Tenía razones para ello porque el 46 está concesionado, aunque no se use. La recuperación de la frecuencia es factible. ¿Habrá el interés para hacerlo?

El debate de las concesiones

Mientras en México la Cofetel se apresura a refrendar 193 concesiones y permisos, en Brasil, ocurren cosas muy distintas. El Ministerio de Comunicaciones decidió no renovar unas 80 concesiones y ahora el asunto se encuentra en manos de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados. En Brasil, tanto el gobierno como el Congreso Nacional y la Presidencia de la República tienen la atribución de autorizar y renovar las concesiones. Allá las concesiones de televisión son por 15 años y las de radio por 10 años.

En Uruguay también hay noticias interesantes para México. En aquel país, la Cámara de Diputados aprobó la ley que reconoce a la radio comunitaria y les permite obtener donaciones, auspicios y patrocinios. El proyecto está ahora en manos del Senado.

Estados Unidos es otro país con discusiones relacionadas con medios. El día de hoy una buena cantidad de operadores de radio a través de Internet han decidido silenciar sus transmisiones en la red. ¿La razón? El aumento de tasas previsto por los derechos de autor por cada canción transmitida.

“Reforma de medios electrónicos ¿avances o retrocesos?” es el título de un nuevo libro, muy oportuno por cierto, publicado por la UNAM y la Fundación Konrad Adenauer. Bajo la coordinación de Rudolf Huber y Ernesto Villanueva, la obra ofrece ensayos de Clara Luz Álvarez, Perla Gómez, Agustín Ramírez, Vanesa Díaz y de otros reconocidos expertos en el derecho de la información.

Profesor e investigador invitado de la UAM-Cuajimalpa
http://radiomexicana.blogspot.com

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